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Si, con ciertos causales
Documento | Notas |
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codigo penal |
artículos 263 a 269 |
Sentencia Constitucional 0206/2014 |
III. 3.8 Aborto Impune |
Riesgo a la vida de la mujer
Preservar la salud de la mujer
Malformación del feto o riesgo de enfermedades congénitas
Violación y/o incesto
Documento | Notas |
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codigo penal |
articulo 266 |
Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Página 42 - El aborto no es punible cuando, el embarazo pone en peligro la vida o la salud de la mujer, malformaciones congénitas letales o cuando es producto de un delito de violación sexual, estupro o incesto. |
Sí
Documento | Notas |
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informe fiscalia |
De acuerdo a un informe público de la Fiscalía General del Estado, en el 2020, durante la Pandemia se registraron 17 casos de aborto que estarían siendo procesados. |
No
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Página 49 - artículo 9 b), La objeción de conciencia es una decisión personal, no es una decisión institucional. |
Sí
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
pagina 49 (articulo 9) |
Ley de Ejercicio Médico N°3131 |
Artículo 11 |
El/la funcionario/a que debe prestar el servicio de interrupción legal del embarazo tiene que realizar algún procedimiento formal para considerarse objetor de conciencia
El personal médico objetor de conciencia tiene la obligación de dar una referencia o remitir a la mujer a un profesional no objetor dentro de la misma institución o a un servicio apropiado
La objeción de conciencia no se puede ejercer cuando está en riesgo la vida de la mujer
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Pagina 50 (articulo 9.C) |
Nacional
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Desde página 41 |
normas violencia sexual | |
Modelo de atención integral a víctimas de violencia sexual |
Página 84 y siguientes |
Sí
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Artículos 2, 7.g, 8.f, 11.c reconocen el derecho a la confidencialidad |
Sí
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
pagina 47 (artículo 7.j) |
No aplica
Documento | Notas |
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Modelo de atención integral a víctimas de violencia sexual |
paginas 84 a 105 (no se hace referencia a ninguna condición de reflexión en el padecimiento del aborto) |
Solo cuando la mujer lo solicita
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Paginas 47 y 48 (artículos 7.j y 8.c) implicitamente se brinda servicio una vez que la mujer hace la solicitud |
Sí
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Artículos 6, 8.h y 11.d |
No hubo cambios
Ministerios públicos o fiscales
Policías o cuerpos policiales
Personal de salud
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Artículo 8.b (Realizar la interrupción del embarazo a sola presentación de la copia de la denuncia por violación realizada en cualquiera de las siguientes instancias: Fiscalía, Policía o Autoridades Originarias o Competentes...) y Artículo 12 |
Médicos Generales
Medicos gineco-obstetras
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Artículo 8 habla de personal y equipo de salud, aunque no especifica quién |
Sí
Sí
Documento | Notas |
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LISTA NACIONAL DE MEDICAMENTOS ESENCIALES 2014 -2016 |
Pág. 9 |
Si, en todo el país
Sí
Documento | Notas |
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Manual de normas, reglas, protocolos y procedimientos técnicos para el manejo de las hemorragias de la primera mitad del embarazo |
En ninguna parte del documento se menciona el mifestrone |
Listado medicamentos esenciales |
pagina 45. El 27 de febrero 2019 Incorporación de la mifepristona en la LINAME (Listado nacional de Medicamentos esenciales) |
Si
Documento | Notas |
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Modelo de atención integral a víctimas de violencia sexual |
pagina 86 |
Mediante aborto quirúrgico
Medicamentoso/farmacológico
Documento | Notas |
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Modelo de atención integral a víctimas de violencia sexual |
pagina 87 |
Sí
Documento | Notas |
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nota sobre embarazos no deseados no atendidos |
la pandemia ha limitado la provision de estos servicios. Según proyecciones de UNFPA , las deficiencias preexistentes en los servicios esenciales de salud sexual y reproductiva, y su empeoramiento ocasionado por la suspensión de muchos de estos servicios en el contexto de pandemia, podrían provocar cerca de 4.600 embarazos no deseados, 614 abortos y 51 fallecimientos infantiles en el año 2020; considerando que en este periodo se dejó de atender a 82.213 mujeres (44% menos que el año pasado), lo que implicará abortos inseguros, posibles gestaciones complicadas y un incremento de la morbilidad y mortalidad materna y neonatal. |
Si
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Artículo 6 (d, e) |
Si (intervención, estudios y tratamientos)
Documento | Notas |
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Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud en el Marco de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 |
Artículo 6 (g) |
Si
Sí
Documento | Notas |
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nota sobre embarazos no deseados no atendidos |
la pandemia ha limitado la provision de estos servicios. Según proyecciones de UNFPA , las deficiencias preexistentes en los servicios esenciales de salud sexual y reproductiva, y su empeoramiento ocasionado por la suspensión de muchos de estos servicios en el contexto de pandemia, podrían provocar cerca de 4.600 embarazos no deseados, 614 abortos y 51 fallecimientos infantiles en el año 2020; considerando que en este periodo se dejó de atender a 82.213 mujeres (44% menos que el año pasado), lo que implicará abortos inseguros, posibles gestaciones complicadas y un incremento de la morbilidad y mortalidad materna y neonatal. |
No hay