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Chile

2022
  • 72%
    Derechos Sexuales y Reproductivos
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  • 59%
    Laicidad
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  • 71%
    Matrimonios y Uniones Infantiles, Tempranas y Forzadas
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  • 65%
    Orientación sexual e identidad de género
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  • 33%
    Educación Integral en Sexualidad
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  • 79%
    Servicios de Salud Sexual y Reproductiva
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  • 85%
    Servicios Amigables para Jóvenes
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  • 53%
    Aborto
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  • 84%
    Prevención de Mortalidad Materna
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  • 66%
    Parto Humanizado
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  • 78%
    VIH/Sida
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  • 64%
    Atención Especializada a Víctimas de Violencia de Género
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  • 54%
    Rendición de cuentas
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Derechos Sexuales y Reproductivos

2017 – 69%
2022 – 72%
  • Deficiente 0 - 40%
  • Limitado 41 - 55%
  • Puede mejorar 56 - 70%
  • Bien 71 - 90%
  • Óptimo 91 - 100%
Recomendaciones
  • - Se propone la creación de una política pública nacional que incorpore un marco legal que garantice los derechos sexuales y reproductivos. De esta manera, se protegerá y certificará la salud sexual y reproductiva a través de un plan y una estrategia nacionales que incluyan tanto el nivel educativo como el de salud. Así, se promoverá el desarrollo pleno de la sexualidad de las personas en todas las etapas de su vida.

    - Este marco legal debe incorporar la participación ciudadana en el seguimiento de compromisos y medidas, con el fin de lograr un buen funcionamiento de dicha política y el empoderamiento de las personas como sujetos de derechos.

    -Es conveniente que se realicen campañas masivas y focalizadas de educación sexual que abarquen una gran cantidad de espacios además del educacional.

    -El Estado chileno debe garantizar el derecho a la identidad mediante la promulgación de una ley de identidad de género que permita el cambio legal de nombre y sexo por vía administrativa, sin patologización ni exigencia de exámenes contra la voluntad de las personas, y que reconozca el derecho a la identidad de género de niños, niñas y adolescentes permitiéndoles rectificar sus datos de registro.

    -El Poder Judicial de Chile debe detener los exámenes patologizantes y vejatorios que se realizan a las personas que solicitan el reconocimiento de su identidad de género por vía judicial.

    -El Ministerio de Salud debe garantizar las prestaciones de salud sexual y reproductiva relacionadas con la expresión de género (readecuaciones sexuales y tratamientos masculinizantes o feminizantes) sin discriminación en el acceso a estos y, por lo tanto, sin patologización psiquiátrica.

Información adicional
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Medidas prioritarias
  • Medida Prioritaria 36

    Desarrollar políticas y programas tendientes a erradicar la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género en el ejercicio de los derechos sexuales y su manifestación.

  • Medida Prioritaria 34

    Promover políticas que contribuyan a asegurar que las personas ejerzan sus derechos sexuales, que abarcan el derecho a una sexualidad plena en condiciones seguras, así como el derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, con respeto de su orientación sexual e identidad de género, sin coerción, discriminación ni violencia, y garantizar el derecho a la información y a los medios necesarios para su salud sexual y salud reproductiva

  • Medida Prioritaria 33

    Promover, proteger y garantizar la salud y los derechos sexuales y los derechos reproductivos para contribuir a la plena realización de las personas y a la justicia social en una sociedad libre de toda forma de discriminación y violencia