Guatemala

2017 2023

Derechos Sexuales y Reproductivos

Detalle de evaluación

¿Menciona la Constitución un reconocimiento explícito de los derechos sexuales? Si no es así, ¿existe una Ley que mencione explícitamente 'Derechos Sexuales'?

No

Documentos Fuente

Los siguientes derechos son reconocidos y garantizados en el marco legal vigente (Constitución Política/Códigos, leyes primarias, secundarias, jurisprudencia):

A la igualdad, a una protección legal igualitaria

Detalla

Habla de igualdad basada en sexo pero no menciona orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales

A no ser discriminado/a por ninguna causa

Detalla

No menciona orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales

A la participación, sin importar su sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales

Detalla

Habla de participación pero no menciona orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales

A la vida, libertad, seguridad de la persona e integridad corporal

A la privacidad

A la autonomía personal y al reconocimiento ante la ley

A la libertad de pensamiento, opinión y expresión; derecho a la asociación

A la salud y a los beneficios del avance científico

A elegir si casarse o no y a formar una familia

¿La ley especifica que el matrimonio debe estar compuesto por un hombre y una mujer?

A los servicios de salud sexual y reproductiva, a información y servicios para decidir si tener o no hijos y cómo y cuándo tenerlos

¿Se reconoce el derecho a brindar información sobre reproducción asistida?

No

A acceder a métodos anticonceptivos

Documentos Fuente

Política Pública de Protección a la Vida y la Institucionalidad de la Familia 2021 - 2032Dentro de su Análisis la Política de Protección a la Vida indica en torno a la EIS que: "Para reducir los índices de madres y padres menores de 18 años de edad, se debe apostar por una educación sexual que tome como primeros educadores a los padres de familia, que permita mejores condiciones de vida para la familia y más que nada, al retraso del inicio de la actividad sexual en adolescentes a través de la promoción y educación de la abstinencia sexual, política que ha demostrado ser eficaz para la reducción en un 38% de embarazos vulnerables y enfermedades de transmisión sexual.12"

PDH supervisa el Convenio de Cooperación Interinstitucional “Prevenir con Educación” 2016-2020DIGEBI Y DIGECADE implementaron acciones para la prevención de violencia y embarazos en Centros Educativos Públicos. 83 Supervisores están capacitados en EIS. MINEDUC creó componente sobre EIS

Constitucion GuatemalaA la igualdad- incluye solamente sexo. Art 4A la participacion, pero no incluye el resto. Art 136 Inc e - Participar en actividades políticasA la vida, libertad... Art. 3a la privacidad. Art 35 (respeto a la vida privada)A la autonomía personal y al reconocimiento ante la ley. Art.5A la libertad de pensamiento... Art. 34 & 35A la salud y a los beneficios del avance científico. Art. 93

Ley de Promoción Educativa contra la Discriminación - Guatemala A no ser discriminado. Decreto 81-2002

Ley General para el combate del VIH y del SIDA y de la promocion de los Derechos HumanosEIS e información sobre SSRR Capítulo III Artículos 8,9 y 10

Ley de Acceso Universal y Equitativo de Servicios de Planificación Familiar y su Integración en el Programa Nacional de Salud ReproductivaA acceder a métodos anticonceptivosA los servicios de SSyREIS e información sobre SSRR Artículos 1, 2, 6, 9 y 10

codigo penal reformado decreto 9-2009Artículo 202. bis. Discriminación. Se entenderá como discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de género, raza, etnia, idioma, edad, religión, situación económica, enfermedad, discapacidad, estado civil, o en cualesquiera otro motivo, razón o circunstancia, que impidiere o dificultare a una persona, grupo de personas o asociaciones, el ejercicio de un derecho legalmente establecido incluyendo el derecho consuetudinario o costumbre, de conformidad con la Constitución Política de la República y los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos.

Detalle de evaluación

¿El Estado cuenta con legislación que criminalice las relaciones sexuales entre personas adultas del mismo sexo?

No

Documentos Fuente

¿El Estado cuenta con legislación que criminalice de alguna forma las prácticas o relaciones sexuales consensuales entre jóvenes que superan la edad de consentimiento?

No

Documentos Fuente
Detalle de evaluación

¿En los últimos dos años la procuraduría/defensoría de derechos humanos/defensoria del pueblo ha emitido recomendaciones en defensa de los derechos sexuales y derechos reproductivos?

Sí, pero no ha habido seguimiento

Marque la opción que corresponda:

Si, pero el gobierno no le dio seguimiento.

Documentos Fuente

¿Existe algún otro mecanismo, además de la Defensoría , para facilitar la denuncia y sanción a las violaciones de servidores públicos a los derechos de las personas, especialmente en materia de derechos sexuales y reproductivos?

No

Detalle de evaluación

¿En los últimos dos años el gobierno nacional/federal ha realizado alguna campaña gubernamental en medios masivos para dar a conocer los derechos sexuales y derechos reproductivos?

¿Qué temas abordó la(s) campaña(s)?

No discriminacion por orientación sexual, identidad y/o expresión de género y características sexuales

Equidad de género, empoderamiento de las mujeres

Violencia de genero

Derechos sexuales

Contra el acoso escolar por orientación sexual e identidad y/o expresión de género

Mensajes positivos sobre la sexualidad y la salud sexual y reproductiva

Documentos Fuente
Deficiente0% - 40%
Limitado41% - 55%
Puede Mejorar56% - 70%
Bien71% - 90%
Óptimo91% - 100%
  • 1. Expresar el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI a través de leyes y políticas públicas.
  • 2. Modificar el marco legal vigente para eliminar el término concepción, que es subjetivo, y cambiarlo por fecundación, que es un término científico.
  • 3. El Congreso de la República debe legislar en favor del reconocimiento de los derechos sexuales como derechos humanos.
  • Medida Prioritaria 36


    Desarrollar políticas y programas tendientes a erradicar la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género en el ejercicio de los derechos sexuales y su manifestación.

  • Medida Prioritaria 34


    Promover políticas que contribuyan a asegurar que las personas ejerzan sus derechos sexuales, que abarcan el derecho a una sexualidad plena en condiciones seguras, así como el derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, con respeto de su orientación sexual e identidad de género, sin coerción, discriminación ni violencia, y garantizar el derecho a la información y a los medios necesarios para su salud sexual y salud reproductiva.

  • Medida Prioritaria 33


    Promover, proteger y garantizar la salud y los derechos sexuales y los derechos reproductivos para contribuir a la plena realización de las personas y a la justicia social en una sociedad libre de toda forma de discriminación y violencia.