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Si, con ciertos causales
Documento | Notas |
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Codigo Penal - Peru |
arts. 114-120 |
Riesgo a la vida de la mujer
Preservar la salud de la mujer
Documento | Notas |
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Codigo Penal - Peru |
Artículo 119.- Aborto terapeúticoNo es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente. |
No
Documento | Notas |
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Detenidos por aborto |
El Ministerio Público no ha brindado información sobre sentenciados por aborto. Sin embargo, posee estadística de personas detenidas por aborto en los diferentes |
No
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
La Guía no explicita nada al respecto. |
REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29635 LEY DE LIBERTAD RELIGIOSA |
Artículo 8.- Objeción de conciencia por razonesreligiosas8.1 La objeción de conciencia a que se refiere el artículo 4 de la Ley se fundamenta en la doctrina religiosaque se profesa, debidamente reconocida por la autoridad de la entidad religiosa a la que se pertenece, siempre queno atente contra los derechos fundamentales, la moral y las buenas costumbres.8.2 Las entidades públicas y privadas toman las previsiones correspondientes para garantizar la atenciónnecesaria en caso de petición de objeción de conciencia. |
Sí
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
No se explicita en el protocolo |
LEY DE LIBERTAD RELIGIOSA |
Artículo 4º.- Objeción de concienciaLa objeción de conciencia es la oposición de un individuo al cumplimiento de un deber legal, en razón de sus convicciones morales o religiosas. Se ejerce la objeción de conciencia cuando alguien se ve imposibilitado de cumplir una obligación legalpor causa de un imperativo, moral o religioso, grave o ineludible, reconocido por la entidad religiosa a la que pertenece |
LEY GENERAL DE SALUD |
Artículo XII del Título Preliminar |
La objeción de conciencia no se puede ejercer cuando está en riesgo la vida de la mujer
Documento | Notas |
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LEY GENERAL DE SALUD |
En la Ley Anexo XII solo se indica |
Nacional
Documento | Notas |
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Resolucion Ministerial Interrupcion del Embarazo |
Guía técnica nacional para la estandarización del procedimiento de la atención integral de la gestante en la interrupción voluntaria por indicación terapéutica del embarazo menor de 22 semanas |
Sí
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
No se explicita se deba mantener el secreto profesional en relación al aborto en la Guía. |
Constitucion Peru |
Art 2. Toda persona tiene derecho (…) 10. A mantener reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas, religiosas o de cualquier otra índole, así como a guardar el secreto profesional |
Ley de Salud - Peru |
Artículo 15.- Toda persona, usuaria de los servicios de salud, tiene derecho: a) Al respeto de su personalidad, dignidad e intimidad; b) A exigir la reserva de la información relacionada con el acto médico y suhistoria clínica, con las excepciones que la ley establece; c) A no ser sometida, sin su consentimiento, a exploración, tratamiento oexhibición con fines docentes; d) A no ser objeto de experimentación para la aplicación de medicamentos otratamientos sin ser debidamente informada sobre la condición experimental de éstos, delos riesgos que corre y sin que medie previamente su consentimiento escrito o el de lapersona llamada legalmente a darlo, si correspondiere, o si estuviere impedida dehacerlo; e) A no ser discriminado en razón de cualquier enfermedad o padecimiento quele afectare; f) A que se le brinde información veraz, oportuna y completa sobre lascaracterísticas del servicio, las condiciones económicas de la prestación y demástérminos y condiciones del servicio; g) A que se le dé en términos comprensibles información completa y continuadasobre su proceso, incluyendo el diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento, asícomo sobre los riesgos, contraindicaciones, precauciones y advertencias de lasmedicamentos que se le prescriban y administren; h) A que se le comunique todo lo necesario para que pueda dar suconsentimiento informado, previo a la aplicación de cualquier procedimiento otratamiento, así como negarse a éste; i) A que se le entregue el informe de alta al finalizar su estancia en elestablecimiento de salud y, si lo solicita, copia de la epicrisis y de su historia clínica (aunque el art 30 de esta Ley mencionan que debe reportarse en diversos casos, incluyendo aborto criminal. pero no aplica a casos de aborto terapeutico) |
Codigo Procedimientos penales |
Artículo 141º.- EXONERACION DE DECLARACIONNo podrán ser obligados a declarar:1º Los eclesiásticos, abogados, médicos. notarios y obstetrices, respecto de lossecretos que se les hubiera confiado en el ejercicio de su profesión |
Norma Técnica de Salud N°164 para el Cuidado Integral a Mujeres afectada por VS |
Sí
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
“6.2.6 El lapso desde que la gestante solicita formalmente la interrupción voluntaria por indicación terapéutica del embarazo menor de veintidós (22) semanas hasta que se inicia la intervención en forma oportuna que garantice la eficacia de la intervención, la que no debe exceder de seis (6) días calendarios.” |
No aplica
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
La gestante puede cambiar de opinión en cualquier momento del proceso. |
Con la confirmación del embarazo y/o frente a la indicación o detección de un causal de interrupción legal
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
“6.2.1 El/La médico/a tratante que durante la atención de la gestante advierta que el embarazo pone en riesgo la vida de la gestante o causa en su salud un mal grave y permanente, informará a la embarazada sobre el diagnóstico, el pronóstico, los riesgos graves para su vida o su salud, y los procedimientos terapéuticos que correspondan.6.2.2 A petición de la gestante el médico/a tratante presenta la solicitud escrita del caso a la Jefatura del Departamento de Gíneco-Obstetricia con conocimiento de la Dirección General, del establecimiento de salud.” |
Sí
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
En aspectos a considerar por el/la medico/a. 1. Consentimiento informado de la gestante. El/La medico/a designado/a para realizar el procedimiento debe explicar y alcanzar a la gestante (o a su representante legal) toda la información completa, detallada y relevante que le permita tomar una decisión libre y razonada. Los siguientes son aspectos básicos que deben ser informados: diagnostico, procedimiento, riesgos en caso de someterse al procedimiento, pronostico en ambos caso, alternativas del procedimiento, etc. |
Norma Técnica de Salud N°164 para el Cuidado Integral a Mujeres afectada por VS |
Información en atenciones en EESS en caso de presentar embarazo producto de la violencia sexual |
No hubo cambios
Personal de salud
Otros actores, opiniones múltiples o exigencies de nivel de complejidad para instalaciones de salud
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
6.2.3 La Jefatura del Departamento de Gíneco- Obstetricia recibe la solicitud, y en la fecha constituye y convoca una Junta Médica, bajo responsabilidad. Debe además informar de inmediato a la Dirección General de lo actuado. |
Junta Médica La Junta médica recibe y revisa el informe del médico/a tratante, y decide si procede o no la IVITE menor de 22 semanas, dentro del plazo de 48 horas bajo responsabilidad. Si la Junta Médica aprueba la IVITE de 22 semanas, debe comunicarse con la gestante o con su representante legal para que suscriba el formulario de consentimiento informado. Si la Junta Médica no aprueba la IVITE menor de 22 semanas, la gestante o su representante, tiene derecho a solicitar al Director/a General del establecimiento de salud la conformación de una Segunda Junta Médica, la cual no debe exceder las 48 horas, bajo responsabilidad. Conformación de las Juntas Médicas
Medicos gineco-obstetras
Sí
Documento | Notas |
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MANUAL DE SUPERVISiÓN CAPACITANTE EN INFORMACiÓN Y LOGíSTICA DE ANTICONCEPTIVOS |
Sí
No
Documento | Notas |
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Información DIGEMID Misoprostol |
STOCK en establecimientos de salud es de 50608STOCK en almacenes especializados es de 10942 |
No
Si
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
La atenciòn de la IVITE menor de 22 semanas se realizarà en los establecimientos de salud a partir del segundo nivel de atenciòn del Sistema de Salud Nacional. (pàgina 9) |
Mediante aborto quirúrgico
Medicamentoso/farmacológico
Documento | Notas |
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Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo |
Los procedimientos estaràn en funciòn a la cronologìa del embarazo. Mètodos hasta las 12 semanas de gestaciòn: Segùn la OMS los mètodos recomendados son la aspiraciòn manual endouterina (AMEU) o el uso de misoprostol. Mètoos para evacuar el contenido uterino entre las 13 y menos de las 22 semanas. La evacuaciòn del contenido uterino en este periodo considera aplicar los esquemas terapèuticos con misoprostol segùn la edad gestacional. Producida la expulsiòn del contenido uterino, hay que completar el procedimiento con un legrado uterino. |
No
Documento | Notas |
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decreto urgencia cobertura salud |
Si
Documento | Notas |
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GUÍA TÉCNICA: GUIAS DE PRACTÍCA CLÍNICA PARA LA ATENCIÓN DE LAS EMERGENCIAS OBSTÉTRICAS SEGÚN NIVEL DE CAPACIDAD RESOLUTIVA |
VII. MANEJO SEGÚN NIVEL DE COMPLEJIDAD Y CAPACIDAD RESOLUTIVA 1. Medidas generales y terapéuticaEstablecimiento con Funciones Obstétricas y Neonatales Primarias – FONP (Categorías I-1, I-2, I-3)• Identificación de signos de alarma y factores asociados.• Colocación de vía EV segura con ClNa 9%o. • Referencia oportuna con las siguientes medidas: (ver protocolo de referencia)- Via segura con cateter endovenoso N°18.- Vía aérea permeable. Oxigeno con catéter nasal a 3 litros. por minuto.- Posición decúbito dorsal.- Abrigo suficiente.- Monitoreo estricto de funciones vitales por profesional capacitado.- Traslado con acompañante, potencial donante de sangre.- Comunicar al sitio de referencia.• En casos que cuente con profesional de salud capacitado y el sangrado sea abundante realizar:- Examen con espéculo.- Retirar los restos del canal vaginal y cervical con pinza Foerster.Establecimiento con Funciones Obstétricas y Neonatales Básicas – FONB (Categoría I-4)Lo mismo que en establecimientos con FONP más:• Realizar tacto vaginal y examen con espéculo. • Solicitar Hemograma (hemoglobina o hematocrito), grupo sanguíneo y factor Rh, examen de orina, RPR, Prueba de Elisa para VIH o prueba rápida.• Si hay signos de descompensación ver protocolo de Shock Hemorrágico.• Si cuentan con médico capacitado, insumos e infraestructura proceder al Legrado o AMEU en aborto incompleto no complicado. De lo contrario estabilizar y referir.• Referir si la paciente presenta: - Fiebre, reacción peritoneal, dolor a la movilización de cérvix o secreción purulenta o con mal olor. - Anemia severa y requiere transfusión sanguínea. Establecimiento con Funciones Obstétricas y Neonatales Esenciales - FONE (Categorías II-1, II-2)a) Aborto incompleto.• Hospitalización.• Instalar vía EV segura con ClNa 9%o .• Solicitar:- Ecografía. - Hemograma, (hemoglobina o hematocrito). - Grupo sanguíneo y factor Rh.- Examen de orina.- RPR o VDRL.- Prueba de Elisa HIV o prueba rápida. • Procedimiento:Si el tamaño uterino es menor de 12 cm: Legrado uterino o AMEU, previa dilatación del cuello uterino, si fuera necesario.Si el tamaño uterino es mayor de 12 cm:- Si el cuello uterino está abierto, existen contracciones uterinas y la metrorragia no es abundante, procurar la expulsión de restos con infusión oxitócica 30 UI en 500 cc de ClNa 9%o. Luego realizar legrado uterino.- Si el cuello uterino está cerrado y no existen contracciones uterinas y la metrorragia no es abundante, madurar el cuello con prostaglandinas: 200 microgramos de Misoprostol en el fondo de saco vaginal cada 6 horas, máximo 4 dosis. Luego realizar legrado uterino contando con una vía endovenosa segura.- Si la metrorragia es abundante colocar una vía segura con oxitocina y evacuar el contenido uterino inmediatamente. Si el cuello uterino estuviera cerrado realizar una dilatación instrumental seguida de legrado uterino, o mediante histerotomía abdominal en último caso. |
Manual de Consejería y Orientación en Salud Sexual y Reproductiva |
3. ORIENTACIÓN/Consejería EN EL POST·ABORTO:Es muy probable que una mujer a quien se le acaba de realizar un legrado uterino o unprocedimiento de Aspiración Manual Endouterina (AMEU) por un aborto incompleto, seencuentre muy preocupada por su salud. Puede no estar interesada en hablar sobreanticoncepción y hay que respetar sus sentimientos y deseos; probablemente la mujer no estápensando en reanudar la actividad sexual de inmediato y no necesite protección anticonceptiva.También es probable que esté atemorizada, sedada, con dolor o consentimiento de culpa en elcual es importante brindar el apoyo emocional adecuado a la usuaria.La orientación/consejería en el post- aborto debe contar con aspectos integrales de saludsexual y reproductiva además de planificación familiar y se puede ofrecer a :a usuaria antesdel procedimiento, antes del alta o durante la Visita de seguimiento.Mediante una consejería que evite juicios de valor y que se brinde con amabilidad y empatía,Los profesionales de salud pueden tener un importante efecto en la vida de una :mujer que hayarecibido atención por complicaciones post - aborto.Los/las consejeros/as deben tener siempre presente. que muchas de las mujeres sóloestablecen contacto con los servicios de salud en el caso de un aborto incompleto. Por esarazón se considera indispensable que se dé orientación y consejería a este grupo de mujeres yen lo posible involucrar también a sus parejas |
Sólo en algunas localidades o jurisdicciones del país/No es totalmente gratuito
Documento | Notas |
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Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) |
B. II Condiciones Obstétricas y Ginecológicas Condiciones Obstétricas1. Aborto incompleto sin complicaciones1. Definición: Interrupción del embarazo, con la eliminación parcial del producto de laconcepción, antes de las 22 semanas o con un peso fetal menor de 500 g.2. Diagnósticos CIE 10 comprendidos:O03. 4 Aborto espontáneo incompleto no complicado.O06. 4 Aborto incompleto no complicado. 3. Manejo clínico específico: según Guías de Práctica Clínica para la atención deemergencias obstétricas según nivel de resolución, aprobado mediante R.M. 695-2006/MINSA.4. Prestaciones a financiar: Las instituciones administradoras de fondos de seguro(público o privado) cubrirán financieramente las siguientes intervenciones:1. Diagnóstico2. Tratamiento3. Seguimiento2. Aborto incompleto con complicaciones1. Definición: Interrupción del embarazo, con la eliminación parcial del producto de laconcepción, antes de las 22 semanas o con un peso fetal menor de 500 g. Seobjetivan signos de hemorragia o de infección, u otras complicaciones. Se incluyenlas siguientes variantes de presentación clínica:• Aborto complicado con infección• Aborto complicado con hemorragia.2. Diagnósticos CIE 10 comprendidos:O03.0 Aborto espontáneo incompleto complicado con infección genital y pelvianaO03.1 Aborto espontáneo incompleto, complicado por hemorragia excesiva o tardía.O06.0 Aborto no especificado incompleto complicado con infección genital ypelvianaO06.1 Aborto no especificado incompleto, complicado por hemorragia excesiva otardía.O08.0 Infección Genital pelviana consecutiva al aborto, al embarazo ectópico y alembarazo molar.O08.1 Hemorragia excesiva o tardía consecutiva al aborto, al embarazo ectópico yal embarazo molar.O08.3 Choque consecutivo al aborto, al embarazo ectópico y al embarazo molar.O08.4 Insuficiencia renal consecutiva al aborto, al embarazo ectópico y al embarazomolar.3. Manejo clínico específico: según Guías Nacionales de Atención Integral de la SaludSexual y Reproductiva (Módulo III) aprobada por RM 668-2004/MINSA y la GuíaTécnica “Guías de Práctica Clínica para la Atención de las Emergencias Obstétricassegún Nivel de Capacidad Resolutiva” aprobada por RM-695-2006/MINSA .4. Prestaciones a financiar: Las instituciones administradoras de fondos de seguro(público o privado) cubrirán financieramente las siguientes intervenciones:1. Diagnóstico2. Tratamiento3. Seguimiento |
Ley Marco de aseguramiento universal de salud |
Capítulo IV Financiamiento del aseguramiento universal de la salud |
Todas
Si
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Ley Marco de aseguramiento universal de salud |
Capítulo III Planes de aseguramiento en salud |
Entrevista Dirección Salud Sexual y Reproductiva |
-Sí existen. Tenemos el aseguramiento, Seguro Integral de Salud (SIS) que realmente protege a las personas más pobres. Todo lo que nosotros tenemos en norma es gratuito. Mientras tengamos una norma, guía, protocolo algo que lo ampare el SIS lo cubre, gratuito. |
gratuidad y optimizacion servicios financiados por SIS |
No
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decreto urgencia cobertura salud |
No hay
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Entrevista Dirección Salud Sexual y Reproductiva |
-Nosotros, el Ministerio no hemos realizado ninguna campaña. Comunicacional no, por lo menos de difusión masiva no. Se maneja de manera muy reservada y eso es lo que nos preocupa porque ni siquiera se discute en los hospitales.¿Hacia los médicos y el personal de salud?-Sí, se ha socializado el protocolo. Se han hechos foros de discusión, precisamente con ustedes también. |