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Yes, in the whole country
Document | Notes |
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Corte Constitucional Sentencia C- 355 de 2006 |
no se incurre en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca en los siguientes casos: (i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico; (ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; y, (iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas , o de incesto. |
Yes
Document | Notes |
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Art diario -mujer encarcelada |
Mujer encarcelada por Homicidio Agravado |
estadisticas por delito |
La fiscalía General de la Nación ofrece un sistema de consulta de delitos |
No
Document | Notes |
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Corte Constitucional Sentencia C- 355 de 2006 |
La objeción de conciencia no es un derecho del cual son titulares las personas jurídicas, o el Estado. Solo es posible reconocerlo a personas naturales, de manera que no pueden existir clínicas, hospitales, centros de salud o cualquiera que sea el nombre con que se les denomine, que presenten objeción de conciencia a la práctica de un aborto cuando se reúnan las condiciones señaladas en esta sentencia. |
Prevención del Aborto Inseguro en Colombia. Protocolo para el sector salud |
Página 35 |
corte constitucional sentencia T - 388 de 2009 |
La circular 003 de 2013 de la Superinendencia Nacional de Salud que impartió instrucciones para los casos de aborto en el país, entre ellas la prohibición de que las instituciones de salud puedan objetar conciencia, fue nulitada en algunos apartes, como el mencionado, pese a ello, se aplican los lineamientos jurisprudenciale:Resulta pertinente recalcar que las personas jurídicas no son titulares del derecho la objeción de conciencia y, por tanto, a las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud no les es permitido oponerse a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo. Así lo reconoció la sentencia C-355 de 2006, que estableció “Cabe recordar además, que la objeción de conciencia no es un derecho del cual son titulares las personas jurídicas, o el Estado. Sólo es posible reconocerlo a personas naturales, de manera que no pueden existir clínicas, hospitales, centros de salud o cualquiera que sea el nombre con que se les denomine, que presenten objeción de conciencia a la práctica de un aborto cuando se reúnan las condiciones señaladas en esta sentencia”. |
Consejo de Estado Sentencia Circular 003 de 2013 |
Este fallo del Consejo de Estado nulitó la instrucción que prohibía a las Instituciones prestadoras de los servicios de salud objetar conciencia. |
Yes
Document | Notes |
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Corte Constitucional Sentencia C- 355 de 2006 |
En lo que respecta a las personas naturales, cabe advertir, que la objeción de conciencia hace referencia a una convicción de carácter religioso debidamente fundamentada, y por tanto no se trata de poner en juego la opinión del médico entorno a si está o no de acuerdo con el aborto, y tampoco puede implicar el desconocimiento de los derechos fundamentales de las mujeres; por lo que, en caso de alegarse por un médico la objeción de conciencia, debe proceder inmediatamente a remitir a la mujer que se encuentre en las hipótesis previstas a otro médico que si pueda llevar a cabo el aborto, sin perjuicio de que posteriormente se determine si la objeción de conciencia era procedente y pertinente, a través de los mecanismos establecidos por la profesión médica. |
corte constitucional sentencia T - 388 de 2009 |
resulta pertinente mencionar que existe un límite respecto de la titularidad para ejercer el derecho a la objeción de conciencia y, en este sentido, la Sala deja en claro que la objeción de conciencia se predica del personal que realiza directamente la intervención médica necesaria para interrumpir el embarazo. Contrario sensu, no será una posibilidad cuya titularidad se radique en cabeza del personal que realiza funciones administrativas, ni de quien o quienes lleven a cabo las actividades médicas preparatotias de la intervención, ni de quien o quienes tengan a su cargo las actividades posteriores a la intervención. |
The staff member wishing to exercise their right to conscientious objection in regards to provision of abortion services must follow a formal procedure in order to be considered a conscientious objector
Medical staff members exercising their right to conscientious objection are required to give a referral to a non-objector professional within the same institution or to an appropriate service
Conscientious objection cannot be exercised when the woman's life is at risk
Document | Notes |
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Prevención del Aborto Inseguro en Colombia. Protocolo para el sector salud |
Página 34 y 35 |
corte constitucional sentencia T - 388 de 2009 |
Finalmente, considera la Sala que deben existir límites formales, en el sentido de prever ciertos requisitos y procedimientos para ejercer en estos precisos casos el derecho de objetar en conciencia. En caso de que el personal médico que participará directamente en la intervención conducente a interrumpir el embarazo desee manifestar su objeción de conciencia respecto del procedimiento encomendado deberá hacerlo por escrito expresando: i. Las razones por las cuales está contra sus más íntimas convicciones la realización del procedimiento tendente a interrumpir el embarazo en ese específico caso, para lo cual no servirán formatos generales de tipo colectivo, ni aquellos que realice persona distinta a quien ejerce la objeción de conciencia; y ii. El profesional médico al cual remite a la paciente que necesita ser atendida. Esto teniendo siempre como presupuesto que se tenga certeza sobre la existencia de dicho profesional, sobre su pericia para llevar a cabo el procedimiento de interrupción del embarazo y de su disponibilidad en el momento en que es requerido. |
National
Document | Notes |
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Prevención del Aborto Inseguro en Colombia. Protocolo para el sector salud | |
Consejo de Estado Sentencia Circular 003 de 2013 |
algunas de las instrucciones que impartía esta Circular FUERON ANULADAS mediante fallo del Consejo de Estado. |
Yes
Document | Notes |
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Prevención del Aborto Inseguro en Colombia. Protocolo para el sector salud |
Página 33. |
Yes
Document | Notes |
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Prevención del Aborto Inseguro en Colombia. Protocolo para el sector salud |
Página 43. ademas La Circular 003 de 2013 de la Superitendencia de Salud reafirma este plazo de 5 días en la Orden N° 4. |
Not aplicable
When the woman requests it
Document | Notes |
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Prevención del Aborto Inseguro en Colombia. Protocolo para el sector salud |
Página 40 |
Yes
Document | Notes |
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Prevención del Aborto Inseguro en Colombia. Protocolo para el sector salud |
Página 45 |
Sí y representan una ampliación en acceso a servicios
No one
Document | Notes |
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Prevención del Aborto Inseguro en Colombia. Protocolo para el sector salud |
Un profesional en medicina general está en la capacidad de identificar las causales, verificar el cumplimiento de los requisitos para cada una de ellas, y expedir el certificado correspondiente (riesgo para la vida o salud o malformación fetal no viable). En caso de existir dudas o sea necesaria la valoración por especialista o por psicología, se debe iniciar la remisión de manera inmediata, sin que esto se constituya en barrera al acceso del servicio de IVE, y sin que la atención se dilate para prevenir que el riesgo sea mayor a medida que aumenta la edad gestacional. Página 43 |
General Practitioners
ObGyns
Document | Notes |
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Prevención del Aborto Inseguro en Colombia. Protocolo para el sector salud |
Un profesional en medicina general está en la capacidad de identificar las causales, verificar el cumplimiento de los requisitos para cada una de ellas, y expedir el certificado correspondiente (riesgo para la vida o salud o malformación fetal no viable). En caso de existir dudas o sea necesaria la valoración por especialista o por psicología, se debe iniciar la remisión de manera inmediata, sin que esto se constituya en barrera al acceso del servicio de IVE, y sin que la atención se dilate para prevenir que el riesgo sea mayor a medida que aumenta la edad gestacional. Página 43 |
Yes
Document | Notes |
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anticonceptivos colombia |
Yes
Document | Notes |
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INVIMA RESOLUCIÓN No. 2016051992 de 2016 |
Yes
Through surgical abortion
Through medical/pharmacological abortion
Yes
Yes (intervention, tests, and treatments)
Yes
There haven’t been any