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God and popular sovereignty
Document | Notes |
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Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. |
Artículo II, Sección 3 |
Reference to the separation of state and Church or religion
Document | Notes |
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Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. |
Artículo II, Sección 3 |
In a limited manner
Document | Notes |
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Himno de Estados Unidos |
Penultima estrofa: And this be our motto: |
Escudo de Puerto Rico |
El Escudo tiene referencias a San Juan, al libro del Apocalisis, una cruz roja , que es la Cruz de Jerusalen, El cordero junto con la bandera son símbolo de San Juan Bautista |
Yes
Document | Notes |
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Carta de la policia sobre separacion de iglesia y estado |
Contestación de la policía de Puerto Rico a reclamo por Ateístas de PR sobre separación de iglesia y estado en los cuarteles municipales. |
Demanda de Humanistas Seculares a Dpto Educacion |
Humanistas Seculares de PR (HuSe) radicó hoy una demanda en el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico, en contra de el Secretario de Educación, Eligio Hernández Pérez, y de Luz Ramos, la Directora de una escuela pública, exigiéndoles que se respete la separación entre Iglesia y Estado y se detengan los periodos de oración que realizan dentro del período lectivo de clases. |
No
Yes
Document | Notes |
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Orden Ejecutiva del Gobernador del ELA de Puerto Rico para Crear la Iniciativa de Grupos Comunitarios y Basados en la Fe y la Oficina de Enlace en la Fortaleza |
Crea el Centro de Iniciativas Comunitarias y Base de Fe en el Departamento de la Familia de Puerto Rico |
Organizaciones de base de fe |
El Centro de Iniciativas Comunitarias y Base de Fe en el Departamento de la Familia de Puerto Rico busca apoderar y capacitar a las organizaciones comunitarias, sin fines de lucro y de base de fé en el desarrollo económico, social y espiritual de las familias puertorriqueñas. |
Artículo 6.001 de la Ley Núm. 81-1991, según enmendada, conocida como “Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico”, para incluir una Oficina Municipal de Iniciativa de Base de Fe y Comunitaria |
P.76 La Oficina de Iniciativa de Base de Fe y Comunitaria deberá servir de enlace con la Oficinadel Gobernador para las iniciativas comunitarias y de base de fe en La Fortaleza, las agencias dela Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico, colegios y universidades públicas y privadas,organizaciones comunitarias y de base de fe comunitaria, concilios de fe, fundaciones sin fines delucro y el sector privado, a fin de promover el desarrollo de programas de servicios a personas sinhogar, con problemas de salud mental, adicción a sustancias controladas, personas que hayan “Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico” [Ley 81-1991, según enmendada]Rev. 24 de enero de 2020 www.ogp.pr.gov Page 77 de 246sufrido maltrato, entre otras situaciones relacionadas, así como el bienestar social y económico afavor de las personas más necesitadas. |
Direct contribution from the state
Document | Notes |
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Ley para Autorizar al Gobierno del ELA de Puerto Rico a Contratar con las Organizaciones Comunitarias y de Base Religiosa- Ley Núm. 131 de 16 de Mayo de 2003, según enmendada Ley Núm. 73 de 25 de Agosto de 2005) |
Para autorizar al Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus agencias einstrumentalidades a contratar con las organizaciones comunitarias y de base religiosa yotras organizaciones seculares con o sin fines de lucro y asignar fondos para proveerasistencia social y económica a personas que cualifiquen para las mismas bajo las mismascondiciones que cualificarían de solicitarlas directamente al gobierno y para otros fines. |
Exención contributiva a entidades sin fines de lucro |
Las Organizaciones Sin Fines de Lucro son entidades, incorporadas o no incorporadas, dedicadas a la prestación de servicios que bajo el Código cualifican para una exención de contribución sobre ingresos. Muchas son iglesias. |
Ley para las Iglesias-Escuela LEY NUM. 33 DE 7 DE JUNIO DE 2017 |
Para establecer la “Ley para las Iglesias-Escuela”, fijar los parámetros jurídico-legales de laexistencia y operación de las iglesias-escuela en Puerto Rico con el propósito de garantizar lalibertad religiosa y el derecho fundamental de los padres de educar a sus hijos en talesescuelas en conformidad con sus preferencias, creencias y valores, garantizando de estaforma el derecho constitucional a la libertad de asociación en su vertiente de no asociación;derogar la Ley 82-1995; definir la naturaleza y alcance de las iglesias-escuela y autorizar alConsejo de Educación de Puerto Rico a emitir las certificaciones correspondientes sinlicenciamiento; y para otros fines relacionados. |
¿Qué pasó con la Plaza de los Creyentes? |
Plaza de los Creyentes, otro proyecto de la Superintendencia del Capitolio a un costo de más de $200 mil en fondos públicos. |
Oficina de Iniciativa Comunitaria y Base de Fe |
Esta oficina dirigida por la Ministro Dra. Ana Figueroa se persigue como objetivo de prioridad el ofrecer ayuda y orientación hacia la preparación de propuestas para el desarrollo de proyectos comunitarios obteniendo fondos federales para combatir la deserción escolar, la adicción, la de-ambulación, los embarazos en adolescentes y la violencia familiar entre otros. |
Private and non-profit
Document | Notes |
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2018 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2018: Acevedo Feliciano v. Iglesia Católica, 2018 TSPR 106 |
Artículo 1.01. — Propósitos; Incorporadores. C. Cualquier persona natural con capacidad legal o cualquier persona jurídica, por sí o en unión a otras, podrá incorporar u organizar una corporación al amparo de esta Ley, mediante la radicación en el Departamento de Estado de un certificado de incorporación que será otorgado, certificado, radicado e inscrito conforme al Artículo 1.03 de esta Ley, el que estará sujeto a inspección por el público. |
Optional and equal registration
Document | Notes |
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Ley General de Corporaciones, Ley Núm. 164 de 16 de Diciembre de 2009 |
De ordinario, las iglesias se inscriben como entidades sin fines de lucro en el Registro de Corporaciones del Departamento de Estado. En ese registro también se inscriben las corporaciones con fines de lucro. |
No
Document | Notes |
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Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. |
Artículo V de la Constitución Sección 1. El Poder judicial; Tribunal Supremo; otros tribunales.El Poder Judicial de Puerto Rico se ejercerá por un Tribunal Supremo, y por aquellos otros tribunales que se establezcan por ley. |
LEY DE LA JUDICATURA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DE 2003 (LEY 201-2003, SEGÚN ENMENDADA) |
El Artículo 4.001 de la ley dispone para la creación del Tribunal de Apelaciones y el Tribunal de Primera Instancia. El Tribunal de Apelaciones se establece como un tribunal intermedio entre el Tribunal Supremo y el Tribunal de Primera Instancia, mientras que el Tribunal de Primera Instancia constituye un tribunal de jurisdicción original general, con autoridad para actuar a nombre y por la autoridad del Estado Libre Asociado, en todo caso o controversia que surja dentro de la demarcación territorial de Puerto Rico. El Tribunal de Primera Instancia está compuesto por jueces y juezas superiores y municipales. |
Not contemplated by law
Document | Notes |
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Decreto de ayuno y oracion |
Proclama sobre decreto de ayuno y oración creada por el líder de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, Johnny Méndez. |
Afiche promocional sobre decreto ayuno y oración |
Afiche promocional sobre decreto de ayuno y oración creada por el líder de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, Johnny Méndez. |
ACTAS DEL SENADO DE PUERTO RICO DECIMOCTAVA ASAMBLEA LEGISLATIVA TERCERA SESIÓN ORDINARIA AÑO 2018 |
Acta de Senado de P.R., 18va Asamblea Legislativa, 3ra sesión ordinaria 2018. La invocación estuvo a cargo del Obispo Ismael Ponce Hernández. Es una práctica común y constante en la legislatura de P.R. |
SENADO DE PUERTO RICO DIARIO DE SESIONES PROCEDIMIENTOS Y DEBATES DE LA DECIMOCTAVA ASAMBLEA LEGISLATIVA CUARTA SESION ORDINARIA AÑO 2018 |
El pastor Austin Kolthoff, procede con la Invocación. El hermano de Austin, Eric Kolthoff, es juez del Tribunal Supremo, activista cristiano y ofrece seminarios de educación continuada, para abogados sobre libertad religiosa. |
Certificates recognized by the government
Document | Notes |
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Código civil de Puerto Rico |
Artículo 22. — Inscripción del matrimonio en el distrito donde fue celebrado. (24 L.P.R.A. § 1161) Todo matrimonio que se celebre en Puerto Rico de acuerdo con la Sección II, Capítulo I,Título VI del Código Civil deberá inscribirse en el Registro Demográfico del distrito donde se celebre el matrimonio. |
“Ley del Registro General Demográfico de Puerto Rico” Ley Núm. 24 de 22 de Abril de 1931 |
Disponiendo lo necesario para la inscripción de nacimientos, casamientos y defunciones, ypara otros fines. |
Yes
Document | Notes |
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2018 Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P. R. del año 2018: Acevedo Feliciano v. Iglesia Católica, 2018 TSPR 106 |
El 21 de junio de 2018, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos denegó la petición de paralización y de certiorari presentada por la Iglesia Católica en el caso presentado por los maestros del sistema educativo de la Iglesia Católica en Puerto Rico luego de que fueron notificados de la terminación del Plan de Pensión para Empleados de Escuelas Católicas, administrado por el Fideicomiso Plan de Pensión para Empleados de Escuelas Católicas. |
Yes
Document | Notes |
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Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. |
El Artículo II, Sección 3 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico hace referencia a la libertad de cultos. |
Official presence of religious actors
Document | Notes |
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Lista de instituciones donde se celebra Misa, se llevan a cabo círculos de oración o servicios ecuménicos |
Todo el documento. |
Cuerpo Interdenominacional Capellanes |
Es común la figura del capellán en el Departamento de Corrección y es una práctica común llevar cultos religiosos a la carcel. |
Cuerpo Voluntario de Capellanes del Gobierno de Puerto Rico |
Es común la figura del capellán en el Departamento de Corrección y es una práctica común llevar cultos religiosos a la carcel. |
No
Document | Notes |
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Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI |
No se encontraron referencias en la Constitución |
Yes
Document | Notes |
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Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. |
Artículo II, Sección 1. Dignidad e igualdad del ser humano; discrimen, prohibido. Dispone esta sección lo siguiente: |
No
Yes
Document | Notes |
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Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. |
Artículo II, Sección 5 dispone que |
Never
Document | Notes |
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Presidential Executive Order Promoting Free Speech and Religious Liberty |
En Puerto Rico no. En Estados Unidos si. La seccion 3 Conscience Protections with Respect to Preventive-Care Mandate. |