México

2017 2023

Aborto

Detalle de evaluación

¿El marco legal de su país (constitución, leyes nacionales, leyes locales, código penal) legaliza o no penaliza el aborto medicamentoso/farmacológico o quirúrgico por voluntad de la mujer embarazada?

El aborto por voluntad de la mujer sólo se permite en algunas localidades o jurisdicciones del país

¿En qué jurisdicciones?

En la CDMX, desde 2007 está permitida la Interrupción Legal del Embarazo hasta las 12 primeras semanas de gestación, por voluntad de la mujer. En Oaxaca, desde 2019, está permitida la Interrupción Legal del Embarazo durante las 12 primeras semanas de gestación, por voluntad de la mujer. Luego de distintos fallos esta tambien permitido en Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Coahuila,Baja California Sur y Quintana Roo. En el resto de las entidades federativas se encuentra penalizado, así como en el el capítulo VI de TITULO DECIMONOVENO sobre Delitos contra la vida y la integridad corporal del Código Penal Federal.

Si, con ciertos causales

Documentos Fuente

¿Hay actualmente personas (mujeres, médicos, otros) procesadas por sentencias relacionadas al aborto?

Detalle de evaluación

¿Existe normativa específica que establezca reglamentación para asegurar el acceso a la interrupción legal del embarazo? (Estos pueden incluir políticas públicas, normativas, protocolos, guías o un conjunto de normas escritas en el ministerio)

Nacional

¿Hubo modificación de los marcos normativos en los últimos dos años?

Sí y representan una ampliación en acceso a servicios

¿En qué momento de la ruta de atención del embarazo se ofrece la opción de la interrupción legal del embarazo?

Con la confirmación del embarazo y/o frente a la indicación o detección de un causal de interrupción legal

Documentos Fuente

¿El Ministerio de Salud y su personal tienen la obligación de brindar información completa, científica relacionada con la interrupción del embarazo?

Documentos Fuente

Las normativas y protocolos oficiales agregan barreras al acceso, estipulando que los siguientes actores se requieren, o tienen que intervenir, para la interrupción legal del embarazo…

Nadie

Documentos Fuente
Detalle de evaluación

¿El Misoprostol está registrado para indicaciones obstétricas?

¿El Misoprostol está incluido en la lista de medicamentos esenciales?

Documentos Fuente

¿Existe abasto suficiente al Misoprostol?

Si, en todo el país

¿El Mifepristone está registrado en el país?

Detalle de evaluación

¿Los hospitales públicos proveen servicios seguros de interrupción de embarazo?

Opciones:

Mediante aborto quirúrgico

Medicamentoso/farmacológico

¿Los hospitales públicos han limitado la provisión de servicios de aborto en los dos últimos años?

No

Detalle de evaluación

¿En los últimos dos años el gobierno federal ha llevado a cabo campañas en medios o programas de difusión gubernamentales sobre las opciones de servicios para la Interrupción Legal del Embarazo?

En materiales informativos

A estas audiencias:

Mujeres

Víctimas de violencia sexual

Otros (lesbianas, mujeres bisexuales, hombres trans)

En televisión

A estas audiencias:

Mujeres

Víctimas de violencia sexual

Otros (lesbianas, mujeres bisexuales, hombres trans)

En páginas web gubernamentales

A estas audiencias:

Mujeres

Víctimas de violencia sexual

Otros (lesbianas, mujeres bisexuales, hombres trans)

Documentos Fuente
Deficiente0% - 40%
Limitado41% - 55%
Puede Mejorar56% - 70%
Bien71% - 90%
Óptimo91% - 100%
  • Armonizar los códigos penales de todas las entidades del país con la sentencia AI148/2017 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación despenalizando el aborto para garantizar la autonomía y la libertad reproductiva de mujeres y personas gestantes.
  • Implementar campañas de difusión masiva, en áreas rurales y urbanas, sobre las rutas de acceso al aborto legal en cada entidad federativa, que estén dirigidas a audiencias específicas: Personas adolescentes, jóvenes, Indígenas, afromexicanas, con discapacidad, población LGBT, entre otras.
  • Garantizar de manera sostenida el abasto de mifepristona y misoprostol en los servicios del Sistema Nacional de Salud.
  • Medida Prioritaria 42


    Asegurar, en los casos en que el aborto es legal o está despenalizado en la legislación nacional, la existencia de servicios de aborto seguros y de calidad para las mujeres que cursan embarazos no deseados y no aceptados e instar a los demás Estados a considerar la posibilidad de modificar las leyes, normativas, estrategias y políticas públicas sobre la interrupción voluntaria del embarazo para salvaguardar la vida y la salud de mujeres y adolescentes, mejorando su calidad de vida y disminuyendo el número de abortos.

  • Medida Prioritaria 40


    Eliminar las causas prevenibles de morbilidad y mortalidad materna, incorporando en el conjunto de prestaciones integrales de los servicios de salud sexual y salud reproductiva medidas para prevenir y evitar el aborto inseguro, que incluyan la educación en salud sexual y salud reproductiva, el acceso a métodos anticonceptivos modernos y eficaces y el asesoramiento y atención integral frente al embarazo no deseado y no aceptado y, asimismo, la atención integral después del aborto, cuando se requiera, sobre la base de la estrategia de reducción de riesgo y daños.