Nicaragua

2017 2023

Laicidad

Detalle de evaluación

¿Cuál es el tipo de invocación que se hace al origen del Estado en la Constitución Política o Carta Magna?

Dios y la soberanía popular

¿Cómo es la definición del Estado en materia religiosa?

Referencia de separación Estado/Iglesia y o religiones

¿Comúnmente las instituciones públicas del Estado, como Juzgados, Cortes, Centros de Salud, otros exhiben en sitios visibles crucifijos, imágenes de santos/vírgenes u otros símbolos religiosos?

Documentos Fuente
Detalle de evaluación

¿Cuál es el tipo de personalidad jurídica requerida para instituciones religiosas?

Privada y sin fines de lucro

¿Cuál es el tipo de registro?

Optativo igualitario

¿Existe intromisión formal del Estado en asuntos internos de las instituciones religiosas o viceversa? (participación en nombramiento de obispos, otros)?

No

Documentos Fuente
Detalle de evaluación

¿Existe el reconocimiento de libertad de conciencia, creencia, y/o culto?

¿Existe la participación de agentes religiosos en hospitales públicos, cárceles y fuerzas armadas?

Presencia religiosa no institucionalizada a petición individual

¿Existe discriminación de jure por creencias en acceso a cargos públicos?

No

¿Existe reconocimiento legal de la diversidad como valor?

¿Se ha ratificado el protocolo facultativo de la CEDAW?

No

¿La educación pública está establecida como laica?

¿Existe objeción de conciencia en servicios públicos?

En ningún caso

Deficiente0% - 40%
Limitado41% - 55%
Puede Mejorar56% - 70%
Bien71% - 90%
Óptimo91% - 100%
  • • Respetar el carácter laico del Estado de acuerdo con lo que establece la Constitución Política en su Art. 14: “El Estado no tiene religión oficial”. Garantizar que no se oficialice ninguna religión y trabajar por la paz social, el desarrollo, el bienestar y el progreso de las y los nicaragüenses, con equidad y sin exclusiones ni discriminaciones de ningún tipo, tal y como lo determina el Art. 124: “La educación en Nicaragua es laica. El Estado reconoce el derecho de los centros privados dedicados a la enseñanza y que sean de orientación religiosa, a impartir religión como materia extracurricular
  • Principios Generales


    El consenso de Montevideo hace referencia a la Laicidad en los Principios Generales: Reafirmar que la laicidad del Estado es también fundamental para garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos, la profundización de la democracia y la eliminación de la discriminación contra las personas.